7 nuevas infracciones y sanciones del SAT para el 2022 (Segunda parte)


 

Estamos en 2022 y las reformas ya aprobadas a finales del año pasado por fin se está reflejando. El nuevo Régimen de Confianza, los cambios en los CFDI's, así como una mayor vigilancia y recaudación, son solo algunas de las novedades que los contribuyentes, contadores y empresas están ya aplicando en sus áreas. Como lo comentamos en la primera parte de este artículo, hay nuevas sanciones e infracciones que implementó la autoridad fiscal para cumplir su objetivo de mayor recaudación y combatir la evasión. A continuación te presentamos las siguientes siete.

1)      Infracción por comprobantes que amparan Operaciones inexistentes.

 Se adiciona la fracción XIX, al artículo 83 del CFF, a efecto de establecer como supuesto de infracción utilizar, para efectos fiscales, comprobantes expedidos por un tercero, cuando las autoridades fiscales, en ejercicio de sus facultades de comprobación, determinen que dichos comprobantes fiscales amparan operaciones inexistentes o simuladas, debido a que el contribuyente que los utiliza no demostró la materialización de dichas operaciones durante el ejercicio de las facultades de comprobación, salvo que el propio contribuyente haya corregido su situación fiscal. 

 

2)      Por la expedición de CFDI que no cuente con los complementos.

Se adiciona un inciso d) a la fracción IV, del artículo 84 del CFF, para sancionar con multa de $400.00 a $600.00 por cada comprobante fiscal que se emita y no cuente con los complementos que se determinen mediante las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT.

 

3)      De los productores, fabricantes e importadores de cigarros y otros tabacos labrados.

Se adiciona un último párrafo al artículo 86-G del CFF, para establecer como infracciones de los productores, fabricantes e importadores de cigarros, el incumplimiento por parte del contribuyente de las medidas sanitarias en materia de tabaco, así como hacer un uso incorrecto de los códigos de seguridad. 

 

4)      Sanciones a funcionarios o empleados públicos.

Se propone la adición de la fracción VI al artículo 87 del CFF, para incluir como infracción que cometen los funcionarios o empleados públicos la falta de emisión oportuna de la resolución definitiva de inexistencia de operaciones a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del CFF. 

 

5)      Defraudación fiscal: simulación de relaciones laborales.

Se adiciona el inciso j) al artículo 108 del CFF, para establecer como calificativa del delito de defraudación fiscal o su equiparable, simular la existencia de una prestación de servicios profesionales independientes a que se refiere el Título IV, Capítulo II, Sección IV de la LISR, para ocultar relaciones laborales. 

 

6)      Suspensión del plazo para la interposición del recurso de revocación.

Se reforma el tercer párrafo y adiciona un cuarto párrafo al artículo 121 del CFF para establecer la suspensión del plazo para la interposición del recurso, en el caso de que, el particular solicite a las autoridades fiscales iniciar el procedimiento de resolución de controversias contenido en un tratado para evitar la doble tributación. 

 

7)      Embargo de bienes, tratándose de créditos exigibles a través de buzón tributario.

Se adiciona el artículo 151 Bis del CFF, con el fin de establecer que, tratándose de créditos exigibles, la autoridad podrá embargar bienes por buzón tributario, estrados y edictos, siempre que se trate de depósitos bancarios, componentes de ahorro e inversión asociados a seguros de vida, o cualquier otro depósito que tenga el contribuyente a su nombre; acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios; bienes inmuebles; y bienes tangibles. Para tal efecto, la autoridad emitirá la declaratoria de embargo con los bienes afectados, que hará del conocimiento del deudor a través de buzón tributario, estrados o edictos, según corresponda. Una vez que surta efectos la notificación, se continuará con el procedimiento administrativo de ejecución.

 

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