La Ley del Impuesto Sobre la Renta en su Titulo II que habla de las personas morales en su artículo 9 párrafo quinto nos dice lo siguiente:

“El impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal”

Por otro lado, el articulo 150 capitulo XI del Título IV que habla de las personas físicas comenta lo siguiente:

“Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas”

Como era de esperarse, la fiscalización en México está tomando cada vez más terreno, es por eso por lo que el Servicio de Administración Tributaria añadió algunas reglas para las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza, como son:

I.             Quienes tributan en el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES) tendrán que presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el RESICO.

II.            Es necesario que las declaraciones mensuales del RESICO, tanto de personas físicas como morales, estén prellenadas con la información del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Debe incluir el tipo de ingreso, egreso y pago.

III.          Los contribuyentes del RESICO de AGAPES podrán optar por no presentar las declaraciones mensuales y anual siempre y cuando sus ingresos no superen los 900 mil pesos.

IV.     Se requiere que los contribuyentes del RESICO tengan habilitado su buzón tributario. La fecha límite para registrar, actualizar o agregar sus medios de contactos es el 31 de marzo de 2023.

V.           Las personas físicas del RESICO tienen hasta el 31 de marzo de 2023 para emitir la CFDI sin firma electrónica, después de esta fecha deberán contar con la e.firma para poder hacer su declaración anual de impuestos.

 

Por otro lado, a las personas morales se les obligara a llenar cuatro diferentes estados financieros, incluyendo comparación con el año anterior (2021) y en su caso, añadir notas. Los cuatro estados financieros son:

·         Estado de situación financiero

·         Estado de resultados

·         Flujo de efectivo o variación de capitales

·         Estado de cambios de situación financiera

Recuerda que RESICO personas físicas tiene su propia retención anual, te la comparto para que lo tengas en cuenta.

 

Nota: recuerda que los aplicativos últimamente han tenido problemas para presentar cualquier declaración, nuestra mejor recomendación es intentar en otras horas o simplemente esperar a las fechas estipuladas para la presentación de declaraciones anuales.

 

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