¿Cómo evaden impuestos las EFOS?

 



Como todos ya conocemos el principal objetivo de las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) desde siempre ha sido evadir impuestos y debemos conocerlo de esta manera porque las personas tratan de justificar la acción de muchas maneras, y acción per se es una evasión de impuestos, para eso tenemos el siguiente significado:

 

“La evasión fiscal es una actividad ilícita que consiste en ocultar bienes o ingresos con el fin de pagar menos impuestos”.

 

Existe otro término denominado “elusión fiscal”, que va enfocado a aplicar la ley de manera correcta, pero utilizando estrategias dentro del marco legal. Su definición es la siguiente: 

“Se puede describir a la elusión fiscal como la maniobra para evitar o retrasar el pago de determinados impuestos, utilizando para ello mecanismos y estrategias legales, es decir, las personas que practican la elusión fiscal emplean las lagunas que existen en las Leyes fiscales para obtener un beneficio propio”. 

Si bien es cierto que se utilizan lagunas legales, también se usa la propia ley para beneficio propio, un ejemplo que me gusta poner es el siguiente:

Imagina que una empresa que se dedica a la prestación de servicios profesionales, tiene varias opciones de cómo constituir una empresa, puede ser una sociedad anónima o pudiera ser una sociedad civil, obviamente hay muchas otras opciones, pero en este ejemplo te pongo únicamente dos opciones. 

Ahora bien, la persona moral sociedad anónima tributa bajo el régimen general de ley, donde los ingresos son con base a los devengados, esto quiere decir que con solamente la emisión del comprobante fiscal digital tú deberás adicionar a tus ingresos esa factura con independencia de haberla o no cobrado conforme al Artículo 17 de LISR. Pero si tú eliges constituir una empresa sociedad civil, donde prestarás los servicios profesionales, si emites el comprobante fiscal no acumulas los ingresos si no hasta el momento en que los cobras de acuerdo al Artículo 17 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Entonces, podemos decir que es una elusión fiscal: utilizar lo que nos dice la ley con la finalidad de evitar un pago de impuestos, sin caer en estrategias que generen una posible contingencia.

De acuerdo a lo anterior, la simulación de operaciones se considera una evasión fiscal, porque se realizan actividades ilícitas, esto de acuerdo al Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, donde nos menciona que la emisión de comprobantes fiscales digitales que amparan operaciones simuladas, se considera una actividad que tiene como objetivo el perjuicio de las arcas gubernamentales, porque, como todos sabemos, son empresas que su único objetivo es vender comprobantes fiscales, cuando de fondo son empresas que no realizan ninguna actividad en concreto y sobre todo que no cuenta con activos, infraestructura o personal para realizar dichas operaciones.

El único objetivo de este blog es hacerles ver que esta actividad que se realiza muy común, es una estrategia -si es que se puede ver de esta manera-, con un objetivo de perjudicar la recaudación y que en realidad no se puede considerar una elusión fiscal como lo vimos anteriormente, y como resultado podemos decir que es una evasión fiscal, un delito incluso penal. 

Seamos responsables con nuestra empresa para que el día de mañana no tengamos una contingencia mayor y pueda poner en riesgo la empresa, los socios y todas las personas que laboran en esa fuente de ingresos para ellos.


L.C.P. Gonzalo Avila



Comentarios

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